Medellín
19 de marzo de 2010
Compañeros:
Motociclistas
de Antioquia,
Habitantes
del municipio de Bello.
En pasados
días se estableció una cita para
reunirnos con el señor secretario de gobierno Alberto Hincapié Giraldo, reunión
que fue cancelada con un día de anticipación y replanteada para días
posteriores. A dicha reunión asistió la Asociación Motoclubes de Antioquia, en
representación de los motociclistas de Antioquia, en este caso haciendo énfasis
en los que habitan el municipio de Bello. Siendo las diez de la mañana, hora en
la que estaba planteada la reunión, nos presentamos para negociar las medidas
de restricción, pero una hora y cuarenta y cinco minutos después, en vista de
la ausencia del secretario de gobierno y la falta de respeto de la administración
de dicho municipio, no solo a los
representantes de la Asociación Motoclubes de Antioquia, sino del pueblo votante
y por el cual se encuentran estas personas ocupando dichos puestos, decidimos
retirarnos de las instalaciones de la alcaldía de Bello, no sin antes dejar el
mensaje pertinente, por el cual nos encontrábamos en dicha oficina. Por lo
anterior les queremos dar a conocer dicho mensaje y el listado de información
que se dejo:
1.
Copia
de la interposición a
los honorables magistrados del TRIBUNAL
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA de acción de Nulidad Simple en contra del MUNICIPIO
DE BELLO, representado legalmente por su Alcalde Óscar Andrés
Pérez Muñoz o por quien
haga sus veces,
para que se declare la nulidad del decreto 406 del veintinueve (29) octubre de dos mil nueve
(2009), de la cual
se le informo que se establecerán
inicialmente unas 1500 demandas individuales. Dicha demanda esta basada en la violación de los
siguientes artículos de la constitución política de Colombia, la cual es norma
de normas y por la cual no puede sobrepasarla ninguna acción legal:
Artículo
1 de la Constitución Política
“Colombia
es un Estado
Social de Derecho……
Artículo
2 de la Constitución Política
“Son
fines esenciales del
Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la
constitución…..
“Las
autoridades de la
República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en
Colombia, en su vida, honra, bienes creencias y demás derechos y libertades….
Artículo
4 de La Constitución Nacional
“La
constitución es norma
de normas…
Artículo
5 de la Constitución Nacional
“El
Estado reconoce, sin
discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la
persona…..
Artículo
6 de la Constitución Nacional
“Los
particulares sólo son
responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes…
Artículo
7 de la Constitución Nacional
“El
estado reconoce y
protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana….
Artículo
13 Constitución Nacional. Principio de
Igualdad
“Todas
las personas nacen
libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las
autoridades…..
“El
estado promoverá las
condiciones para que la igualdad sea real y efectiva…
“El
Estado protegerá
especialmente a aquellas personas que por su condición económica….
Artículo
16 de la Constitución Nacional
“Todas
las personas tienen
derecho al libre desarrollo de su personalidad …
Artículo
21 de la Constitución Nacional
“Se
garantiza el derecho a
la honra. La ley señalará la forma de su protección.
Artículo
24 de la Constitución Nacional
“Todo
colombiano, con las
limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el
territorio nacional, a entrar y salir de él…
Artículo
13 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos. “Derecho a la libre circulación”
Artículo
22 Ley 1972 Convención Americana Sobre
Derechos Humanos. “Derecho a la libre circulación.
Artículo
25 de la Constitución Nacional
“El
trabajo es un derecho y
una obligación social y goza…
Artículo
333 de la Constitución Nacional
2.
una
plantilla de formato de acción popular para recolección
firmas, Suscripción
de apoyos para la propuesta de derogación de Nulidad Simple en contra
del MUNICIPIO DE BELLO,
representado legalmente por su Alcalde Óscar
Andrés Pérez Muñoz
o por quien haga sus veces,
para que se declare la nulidad del decreto
406 del veintinueve (29) octubre de dos
mil nueve (2009)
y otros
decretos similares en los diferentes municipios del área metropolitana y
circundantes, que prohíben la movilidad de las motocicletas con horarios de
restricción y prohibición de
acompañantes de ambos géneros. Anexo imagen del formato.
ACCION DE INICIATIVA POPULAR
Suscripción de apoyos para la propuesta de derogación
Acción de Nulidad Simple en contra del
MUNICIPIO DE BELLO representado legalmente por su Alcalde Oscar Andrés Pérez Muñoz o por quien haga
sus veces, para que se declare la nulidad del
decreto 406 del veintinueve (29) de Octubre de dos mil nueve (2009) y otros
decretos similares en los diferentes municipios del área metropolitana y
circundantes que prohíben la movilidad de las motocicletas con horarios de
restricción y prohibición de acompañantes de ambos géneros.
EXPOSICION DE MOTIVOS Y RESUMEN DE LA PROPUESTA:
Como representantes de los motociclistas del Departamento
de Antioquia
la asociación Motoclubes de Antioquia decide tomar la vocería en representación
de los motociclistas del Municipio de BELLO, área metropolitana y municipios
circundantes del valle de aburra solicitando la derogación inmediata del decreto
406 del veintinueve (29) de Octubre de dos mil nueve (2009) que prohíbe a
los usuarios de las motocicletas transitar por la ciudad llevando acompañante
(parrillero) hombre y mujer, la derogación inmediata de los decretos extendidos
en apoyo de la medida por los diferentes municipios de Antioquia que se sumaron
a la misma añadiéndole el componente a la prohibición del acompañante femenino
y horarios de restricción y toques de queda para las motocicletas y sus
usuarios. Sustentamos la solicitud anterior en la Constitución Política de
Colombia de donde creemos que han sido violados los derechos fundamentales de
las personas restringiendo la movilidad,
violando del derecho a la dignidad y la presunción de inocencia, no
cumpliendo los fines esenciales del estado, violando el derecho a la
participación de los ciudadanos en las decisiones públicas, el derecho a la
honra y la igualdad entre otros.
Por eso, los ciudadanos que promovemos y firmamos esta
iniciativa
popular que busca derogar el del decreto 406 del veintinueve (29) de Octubre de
dos mil nueve (2009) del municipio de Bello y sus similares en municipios
pertenecientes al departamento de Antioquia, le plantemos a los Alcaldes y
Secretarios de Gobierno que deroguen inmediatamente las medidas adoptadas en
contra de los motociclistas.
3.
Una
muestra de un aproximado de 50.000 firmas
tomadas en Medellín durante el 2009 y que solicita la derogación de las medidas
de restricción a los motociclistas
4.
los
resultados de la policía, Secretaria de
Gobierno , el Concejo de Medellín, y la posición de la federación nacional de
comerciantes (FENALCO), las ensambladoras y algunos otros.
5.
Adicionalmente
el reporte del departamento de policía
metropolitana, entregado en 2009 por el comandante de la policía metropolitana
durante la vigencia de las medidas, donde muestra que se dio un incremento de
los actos delictivos en un 82%, en comparación al 2008, época sin medidas de
restricción. Solo que cambiaban el medio de transporte para cometer delitos,
por ejemplo, los delitos en motocicleta redujeron en 40 casos, a pie,
aumentaron 354 casos.
6.
Manifestamos
la capacidad de realizar una manifestación
durante las fechas de los juegos suramericanos.
7.
De
igual forma exhibimos la disposición de negociar
y llegar a un acuerdo antes de alcanzar este tipo de medidas, pues no creíamos
que el municipio fuera capaz de soportar , 1500 demandas ante el juzgado
contencioso administrativo del departamento, que electoralmente no sería una buena
imagen para el gobierno de Bello sabiendo que el próximo año serian elecciones
de alcaldes, que mucho menos seria buena imagen para el municipio una acción
popular, con respaldo de 50.000 firmas de ciudadanos en contra de las medidas y
aun menos una manifestación como las nuestras.
PRIMERO
LA DIPLOMACIA Y LUEGO LA ACCION, pero
cuando es necesario hacerse sentir, estamos en la capacidad de hacerlo, por lo
que esperábamos la respuesta de la secretaría de gobierno en menos de una
semana, si realmente está interesado en el bienestar en la comunidad.
Es así
pues que mostramos la gestión realizada y
estamos atentos a cualquier inquietud o comentario, esperamos el apoyo de la
comunidad al momento de establecer las demandas y las acciones populares. El
trabajo como los beneficios es de todos y para todos. Deseamos pues lograr
solucionar dichos inconvenientes para nuestra comunidad con la menor prontitud.
Respetuosamente,
Ricardo
Carvajal Londoño
Vocero
Oficial
Asociación
Motoclubes de Antioquia
Fomentando
el buen motociclismo
www.motoclubesantioquia.org